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Artículo

18 May 2015

Autor:
El Tribuno.info

Argentina: Corte ordena a empresas de transporte incluir 30% de mujeres contratadas como conductoras en respuesta a amparo colectivo

“Las empresas de ómnibus deberán tener un 30% de choferes mujeres”, 19 de Mayo de 2015

La Corte de Justicia de Salta ordenó el cese inmediato de una discriminación por razones de género al resolver el amparo colectivo promovido en la causa "Sisnero, Mirtha Graciela; Caliva, Lía Verónica vs Ahynarca SA Tadelva y otros"…Y para contratar choferes de las unidades del transporte público, las empresas deberán remitirse a este listado de postulantes y deberán incorporar dos mujeres por cada hombre, comenzando por mujeres, hasta alcanzar cada una de las empresas progresivamente y como mínimo, un 30 por ciento de mujeres en la composición de su planta de conductores…Las empresas no podrán omitir la modalidad de incorporación prioritaria de mujeres y el porcentaje establecido en la sentencia, a menos que no existieran mujeres inscriptas en el registro de postulantes…Y para el caso que alguna empresa violara la sentencia de la Corte de Justicia de Salta, deberá abonar en concepto de compensación, un monto mensual idéntico al sueldo del chofer de mejor remuneración incluidas las cargas de familia y antigüedad en la empresa, a la mujer que estuviera en el primer listado de postulantes, hasta tanto sea contratada ella u otra de la lista.