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Artículo

7 Mar 2016

Autor:
Corte Interamericana de Derechos Humanos

Surinam: Decisión de la Corte Interamericana de Derechos humanos ordena al Estado hacer consulta previa para garantizar derechos indígenas ante concesiones mineras

“Corte IDH. Caso Pueblos Kaliña y Lokono Vs. Surinam. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2015. Serie C No. 309” 

…La Comisión señaló…que… los peticionarios alegaron que el hecho de que el Estado no proporcionara detalles sobre las fechas exactas en que diversos títulos de propiedad y arrendamiento se emitieron a personas no indígenas sobre parte del territorio tradicional de los Pueblos Kaliña y Lokono, sin la formulación de una causa que justifique la negativa del otorgamiento de dicha información pública, constituía una violación del artículo 13 de la Convención Americana. …[Ordena por tanto] iv) revisar, a través de consultas efectivas y plenamente informadas con los Pueblos Kaliña y Lokono y sus miembros, respetando su derecho consuetudinario, los títulos de propiedad, títulos de arrendamiento y títulos de arrendamiento a largo plazo, emitidos en favor de personas no indígenas, los términos de las actividades mineras autorizadas dentro de la Reserva Natural Wane Kreek, y los términos del establecimiento y manejo de las Reservas Naturales Wia Wia, Galibi y Wane Kreek…[con el fin de] garantizar el respeto de los derechos de los Pueblos Kaliña y Lokono a la propiedad de sus tierras, territorios y recursos naturales ancestrales de conformidad con sus costumbres y tradiciones; v) adoptar todas las medidas necesarias, a través de consultas efectivas y plenamente informadas con los Pueblos Kaliña y Lokono y sus miembros, respetando su derecho consuetudinario, para delimitar, demarcar y otorgar título colectivo de propiedad a los Pueblos Kaliña y Lokono de las tierras y territorios que han ocupado y usado tradicionalmente…