abusesaffiliationarrow-downarrow-leftarrow-rightarrow-upattack-typeburgerchevron-downchevron-leftchevron-rightchevron-upClock iconclosedeletedevelopment-povertydiscriminationdollardownloademailenvironmentexternal-linkfacebookfiltergenderglobegroupshealthC4067174-3DD9-4B9E-AD64-284FDAAE6338@1xinformation-outlineinformationinstagraminvestment-trade-globalisationissueslabourlanguagesShapeCombined Shapeline, chart, up, arrow, graphLinkedInlocationmap-pinminusnewsorganisationotheroverviewpluspreviewArtboard 185profilerefreshIconnewssearchsecurityPathStock downStock steadyStock uptagticktooltiptwitteruniversalityweb

Diese Seite ist nicht auf Deutsch verfügbar und wird angezeigt auf Spanish

Artikel

11 Okt 2018

Autor:
Dejusticia

“Sentencia sobre consultas populares limitaría el poder de ciudadanos y municipios de decidir sobre proyectos mineros y petroleros en sus territorios”

11 de octubre de 2018

Este jueves 11 de octubre se conoció, a través de los medios de comunicación, que la Corte Constitucional habría decidido eliminar la posibilidad de que los municipios realicen consultas populares para decidir si quieren o no que en sus territorios se desarrollen actividades mineras o de hidrocarburos. Desde Dejusticia hacemos un llamado para que la Corte, por seguridad jurídica, publique su sentencia y, por el momento, hacemos cuatro aclaraciones: 1. La tutela revisada es improcedente…Consideramos que la tutela que la Corte seleccionó para sacar una sentencia de unificación es una tutela improcedente, que ni siquiera ameritaba un fallo de fondo…Se trata de la tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, interesada en realizar explotación petrolífera en el municipio de Cumaral (Meta) y quien tuvo que suspender un contrato que había firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), para realizar sísmica en ese territorio después de que los ciudadanos decidieran, a través de una consulta popular, que no querían que se realizaran este tipo de actividades en Cumaral. 2. Se está desconociendo la obligatoriedad de realizar consultas populares cuando haya actividades, como las mineras o petroleras…3. El dueño del subsuelo es el Estado, no la Nación..Nuevamente es relevante aclarar que quien es propietario de los recursos del subsuelo es el Estado y no la Nación. Esto es importante porque el Estado incluye a los municipios. Es decir, los municipios también son propietarios del subsuelo y deben poder decidir sobre el mismo. Como lo hemos sostenido en múltiples escenarios, lo ideal es que el gobierno central y el local…4. La sentencia de la Corte no soluciona el problema de fondo, y deja la actividad minera en un limbo complicado...

Zeitleiste

Informationen zum Datenschutz

Diese Website verwendet Cookies und andere Web-Speichertechnologien. Sie können Ihre Datenschutzeinstellungen unten festlegen. Die Änderungen werden sofort wirksam.

Weitere Informationen über unsere Nutzung von Webspeicherung finden Sie in unserer Richtlinie zur Datennutzung und Cookies

Strictly necessary storage

ON
OFF

Necessary storage enables core site functionality. This site cannot function without it, so it can only be disabled by changing settings in your browser.

Analytics-Cookie

ON
OFF

When you access our website we use Google Analytics to collect information on your visit. Accepting this cookie will allow us to understand more details about your journey, and improve how we surface information. All analytics information is anonymous and we do not use it to identify you. Google provides a Google Analytics opt-out add on for all popular browsers.

Promotional cookies

ON
OFF

We share news and updates on business and human rights through third party platforms, including social media and search engines. These cookies help us to understand the performance of these promotions.

Ihre Privatsphäre-Einstellungen für diese Website

Diese Website verwendet Cookies und andere Web-Speichertechnologien, um Ihre Erfahrung über die notwendigen Kernfunktionen hinaus zu verbessern.