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Artículo

18 Feb 2018

Autor:
Servindi (Perú)

Perú: Informe de ONG resalta que procesos de consulta previa incumplen los estándares del convenio 169 de la OIT

“Consulta Previa no cumple estándares del Convenio 169-OIT”, 13 de febrero de 2018

…El estudio “La consulta previa en minería en el Perú y el incumplimiento los estándares establecidos en el Convenio 169 de la OIT” sostiene que no se garantiza que los pueblos indígenas participen de manera real en las decisiones que afectan su futuro. Indica que no se consulta el uso del territorio ni medidas importantes como la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, o el plan de cierre de minas…El documento analiza los acuerdos a los que se llegó en el sector minero y apunta que se reducen a replicar funciones u obligaciones del Estado ya establecidas. Advierte que los procesos de consulta previa no han llegado a establecer acuerdos sobre acciones concretas para prevenir afectaciones de los derechos de los pueblos indígenas…Desde el 2012 se han promulgado diversas normas del sector minero que definen los actos que se consultan y que son decisiones básicamente operativas que se ubican al final de la cadena de decisiones del ciclo de un proyecto minero…Otra dificultad es que no se respeta el Reglamento de la Ley de Consulta que establece que la entidad que emite la medida debe ser la entidad promotora de la consulta…