Chile: Corte pide a minera El Abra abstenerse de realizar trabajos recurrentes que impacten a las comunidad indigena
Résumé
Date indiquée: 14 Aoû 2023
Lieu: Chili
Entreprises
El Abra (joint venture between Codelco and Freeport McMoran) - Parent CompanyProjets
El Abra Copper Mine(s) in Chile (Mine Name Unknown)Concerné
Nombre total de personnes concernées: Chiffre inconnu
Peuples indigènes: ( Chiffre inconnu - Chili - Secteur inconnu , Gender not reported )Enjeux
Consentement libre, préalable et éclairé , Droits fonciersRéponse
Response sought: Non
Type de source: Regulatory action
"Corte de Antofagasta ordena a empresa minera El Abra abstenerse de realizar trabajos que afecten a comunidad atacameña de Conchi Viejo.", 14 Agosto 2023
"La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado la comunidad indígena atacameña Conchi Viejo y le ordenó a la empresa minera El Abra abstenerse de realizar trabajos que afecten a la recurrente.
El fallo señala que mediante el presente arbitrio de cautela de garantías constitucionales, la comunidad indígena recurrente denuncia como arbitraria y/o ilegal la actuación de la empresa recurrida, consistente en ingresar a terrenos pertenecientes a la comunidad, sin aviso o autorización, para actividades de uso particular, que han significado un daño patrimonial, y la transgresión de la normativa interna en la materia como de los Tratados Internacionales, omitiéndose además la Consulta Indígena.
La resolución agrega que en su informe, la recurrida si bien reconoció la ejecución de trabajos en los terrenos, niega la existencia de los daños denunciados y la consecuente afectación de los derechos constitucionales reclamados por la recurrente, dando cuenta además, que el presente recurso perdió oportunidad, ya que al ser requeridos por los comuneros inmediatamente abandonaron el lugar de las obras....
Añade que, por otro lado, la petición de la recurrente en torno a suspender los trabajos que realizaba la ejecutada, es una materia que perdió oportunidad, toda vez que la empresa recurrida informó que se retiraron inmediatamente del lugar y en la actualidad no desarrollan ninguna obra, razón por la cual, a su respecto, el arbitrio no puede prosperar, pues esta Corte no se encuentra actualmente en condiciones de adoptar las providencias necesarias e indispensables para asegurar la debida protección de los actores..."