Comentario de Abogados para los Derechos Humanos de Palestina en respuesta a la posición de Cemex sobre la legalidad de los asentamientos
El argumento de CEMEX de que los asentamientos aprobados por el gobierno de Israel son acordes a la ley está basado en un razonamiento inadecuado que debe de ser urgentemente revisado y revocado. CEMEX parece haber ignorado la posición constante de la comunidad internacional que establece que los asentamientos del gobierno de Israel son incompatibles con la obligación del Estado de Israel bajo el Artículo 49, párrafo 6, del Cuarto Convenio de Ginebra, de no transladar una parte de su población civil a los Territorios Ocupados de Palestina. Esta posición fue confirmada por la Corte Internacional de Justicia en su Opinión Consultiva sobre las Consecuencias Jurídicas de la Construcción del Muro…La afirmación hecha por CEMEX de que los asentamientos de Israel son legales porque están en áreas delimitadas en el acuerdo interino entre Israel y la autoridad Palestina bajo el control y la responsabilidad de Israel hasta que las dos partes lleguen a un acuerdo permanente; ignora el principio básico legal, como lo indica la decisión de KPL del 1 de junio de 2015, de que ningún acuerdo puede anular las reglas relacionadas con la ocupación establecidas en el Reglamento de la Haya y el Cuarto Convenio de la Convención de Ginebra. La decisión de KLP de excluir a las compañías HeidelbergCement y CEMEX de su portafolio de inversión es un ejemplo modelo de razonamiento legal y ético en apoyo a la responsabilidad general corporativa de respetar los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. LPHR insta a CEMEX a urgentemente revisar y revertir su posición actual para que ésta sea compatible con la impecable posición de KLP y con el inmenso consenso internacional de que los asentamientos de Israel son ilegales.
Esta es una traducción no oficial del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos, el comentario completo en inglés está disponible acá.