Honduras: Estado es condenado en la Corte IDH por violar derechos de indígenas miskitos que trabajaban en empresas de pesca; la OACNUDH saludó la sentencia
El 15 de octubre de 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado hondureño por violaciones a “los derechos a la vida, a la vida digna, a la integridad personal, a las garantías judiciales, a los derechos del niño, a la igual protección de la ley, a la protección judicial, a la salud, al trabajo y sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias, a la seguridad social, y a la igualdad y no discriminación” de 42 indígenas miskitos del departamento de Gracias a Dios que trabajaban en empresas de pesca de buceo en 2003.
La Corte IDH también afirmó que Honduras omitió realizar medidas de inspección o fiscalización para asegurar la seguridad de las embarcaciones con las cuales los buzos trabajaban. Fueron ordenadas, además, una serie de reparaciones económicas para sobrevivientes y familiares de las víctimas
Treinta y cuatro miskitos sufrieron accidentes laborales debido a las sumersiones profundas que realizaban y que les generaba el síndrome de descompresión. Doce de ellos fallecieron por dichos accidentes.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) saludó la sentencia, reiterando la obligación del Estado de Honduras de asegurar los derechos de los pueblos indígenas y afrohondureños.
La Corte retoma los “Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos” de las Naciones Unidas, adoptados por el Consejo de Derechos Humanos, y se refiere a: el deber del Estado de proteger los derechos humanos; la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos; y el acceso a mecanismos de reparación. Posteriormente, en el marco de análisis de la Convención Americana, el Tribunal determina que los Estados tienen el deber de prevenir las violaciones a derechos humanos producidas por empresas privadas adoptando disposiciones de derecho interno, así como de investigar, castigar y reparar las mismas cuando ocurran. Además, señala la necesidad de que los Estados impulsen que las empresas incorporen practicas de buen gobierno corporativo con enfoque stakeholder, que puedan orientar el respeto de los derechos humanos en la realización de sus actividades.Lucas M. Mantelli, Coordinador jurídico para la oficina de Mesoamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)